miércoles, 23 de marzo de 2011

Vedas y prohibiciones especiales

Apartado 9.º– Vedas y prohibiciones especiales.
Veda temporal en:

Río Tormes.– Queda prohibida la pesca, desde el 15 de mayo al 15 de junio, en el tramo que va desde la presa de San Fernando hasta la toma de agua de Cespedosa de Tormes.

Por tanto, está claro que se trata de 1 mes, entre el salto de San Fernando y la toma de agua de cespedosa

En cuanto al número de capturas:

5.8. Tenca, barbos, bordallo, cacho, bermejuela, boga del Duero, boga de río y madrilla: Una docena por especie, pescador y día.